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Renoviendo el pasado
Viernes, 06 de Agosto de 2010 14:57

Cambiarán los nombres de las calles y plazas que refieran a la dictadura

La Legislatura porteña deberá cambiar la denominación de todas las calles y lugares públicos de la Ciudad que remitan a funcionarios de gobiernos de facto, según lo dispuso la jueza en lo contencioso administrativo y tributario Elena Liberatoria, al hacer lugar a un amparo de un vecino.

La magistrada ordenó que "antes de la finalización del próximo período legislativo" se sancionen "la ley o las leyes" para dar cumplimiento a su orden.

Liberatori quiere que se efectivice el artículo quinto de la ley 83 de la Ciudad que establece que "en ningún caso deberán designarse calles o lugares públicos con nombres de autoridades nacionales, provinciales o municipales que hayan ejercido su función por actos de fuerza contra el orden constitucional y el sistema democrático”.

"No cabe duda de que la subsistencia de nomenclatura urbana alusiva a ex funcionarios de gobiernos de facto resulta claramente contraria al derecho vigente, y que, por ende, las ordenanzas que dispusieron tales nombres a los espacios públicos resultan inconstitucionales”, enfatizó Liberatori.

La causa se inició por un amparo de Hansel Adolfo Oscar Stegemann, quien presentó la acción judicial para que eliminen "de forma permanente las placas de las calles, plazas, escuelas o de cualquier otro bien perteneciente a la Ciudad, los nombres de aquellos que usurparon el cargo durante los períodos de violación al orden constitucional".

Puntualmente la acción tendía a que "se eliminen los nombres de los usurpadores del poder popular en los siguientes bienes: plaza ‘Teniente General Pedro Eugenio Aramburu' (que ya fue cambiado por Plaza del Angel Gris), plaza ‘Teniente General Eduardo Lonardi', plazoleta ‘Ernesto Padilla', calles ‘Intendente Guerrico', ‘Capitán Claudio H. Rosales', ‘Mecánico Militar Leopoldo Atenzo', ‘Cadete Carlos Larguia', ‘Soldado Miguel Santi' y escuela ‘Octavio Pico'”.

El GCBA sostiene que "la situación jurídica actual no puede ser solucionada mediante la vía elegida por la actora sino por medio de una reforma legislativa, ya que a los jueces sólo les cabe aplicar rectamente la ley cuando ésta tiene fundamentación razonable”.