La Dirección de Cooperativas en concordancia del decreto y con las disposiciones del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), (Res. Nº 4069/05 y 2037/03), dicta la Disposición Nº 31/08 donde determina los requisitos previos para la constitución de las entidades cooperativas como organismo técnico autorizado en la Provincia, con la finalidad de que pueda emitir una opinión sobre la viabilidad de constitución de cooperativas en los diferentes rubros.
Sobre ello, el Cr. Pozzer, agrega que hay un equipo técnico en esta dependencia para que todos los interesados en formar una cooperativa, se asesoren sobre los beneficios y costos que tienen las entidades, como también sobre los compromisos que asumirán los emprendedores.
Hoy, formar una cooperativa tiene varias implicancias y hemos observado que hay muchas buenas intenciones de formalizar entidades, pero que aun falta por parte de los interesados, el conocimiento sobre las obligaciones tributarias y los costos implícitos que tiene el sostenimiento de toda empresa privada.
La Disposición 31, tiene como objeto reflexionar con los futuros socios sobre el sentido y la sustentabilidad futura de la cooperativa. Por eso se pide analizar en relación a la actividad principal a realizar, los ingresos futuros, la forma de capitalización y la distribución de excedentes entre socios. Creemos que de esta manera estamos contribuyendo a crear instituciones sanas, que puedan utilizar los beneficios del cooperativismo y sus normativas, para mejorar el nivel de vida de sus socios, analiza aclarando que en economía social, cuando se habla del nivel de vida no solo se refiere a los ingresos monetarios, sino también a las relaciones y desarrollo de las potencialidades humanas para vincularse con su entorno.
El Cr. Pozzer, se que además de estas acciones preventivas, se está trabajando en todo el territorio provincial, para regularizar cooperativas. En primer lugar reconstituyendo los vínculos entre asociados y luego normalizándolas institucionalmente, según las disposiciones de ley.
Ya se han efectuado acciones en las localidades de Empedrado (Cooperativa Los 4 Rumbos Ltda.), San Lorenzo (Cooperativa Ladrilleros Sanlorenceño Ltda.), Caa Cati (Cooperativa Tacuaral Ltda.), Esquina (Cooperativa Apícola Cooperativa Ltda.), Bella Vista (Cooperativa Unión Apícola Ltda.)
Debido a la necesidad de establecer pautas armónicas y equitativas para el funcionamiento de las Cooperativas en el territorio provincial, el 12 de junio de este año, el Ejecutivo firmo el Decreto 1249/08, donde ratifica la obligatoriedad de que cada Cooperativa que funcione en el territorio correntino se registre ante